Recordemos que los ruidos provocados por la pirotecnia afectan no sólo a las mascotas y animales, sino también a las personas con TEA, la integridad física de los vecinos y al medio ambiente.
La Dirección de Saneamiento Ambiental verificará que no se comercialicen petardos, volcanes y fuentes con carga explosiva mayor a 1 gramo; foguetas cuyo diámetro sea mayor a 0,75 pulgadas; bombas de estruendos superior a una pulgada y morteros con bomba de efecto lumínico cuyo calibre sea superior a 1,5 pulgada.
La ordenanza prohíbe, en todo el territorio municipal, la tenencia, comercialización, depósito, venta al público, mayorista y minorista, la manipulación y uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería de tipo sonora, de cualquier característica.