Mediante el Decreto 109/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, la administración nacional estableció formalmente un pago extraordinario de hasta setenta mil pesos para los beneficiarios del sistema previsional con los haberes más bajos. Este refuerzo, que se abonará durante el mes de marzo, alcanza tanto a jubilados y pensionados contributivos como a quienes perciben prestaciones no contributivas a través de la Anses.
Según lo dispuesto, este adicional tendrá carácter no remunerativo. Esto significa que no estará sujeto a retenciones de ningún tipo y no se tomará como base para calcular ningún otro beneficio o concepto. El pago será individual por cada titular, y será indispensable que la jubilación se encuentre activa en el mismo período en que se liquide el bono. El objetivo declarado de la medida es compensar los efectos que la fórmula de movilidad anterior tuvo sobre los ingresos previsionales más modestos.

PARA UNO. La normativa también aclara que, en casos de pensiones con copartícipes, el bono se considerará correspondiente a un único titular, sin multiplicarse según la cantidad de beneficiarios. IMAGEN ILUSTRATIVA / GENERADA CON INTELIGENCIA ARTIFICIAL
El decreto lleva las rúbricas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y se encuentra en vigencia desde el momento de su difusión en el boletín oficial.
¿Qué personas recibirán este refuerzo previsional?
En relación a su alcance, el beneficio comprende a los titulares de jubilaciones y pensiones contributivas bajo la Ley 24.241 y otros regímenes nacionales, ya sean generales, especiales o aquellos que fueron transferidos a la órbita nacional. Asimismo, incluye a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), establecida por la Ley 27.260, y a quienes perciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez, por ser madres de siete o más hijos, así como otras pensiones graciables a cargo del organismo previsional.
El monto tope del refuerzo es de setenta mil pesos. Aquellos jubilados cuyo haber mensual sea igual o inferior al mínimo previsional garantizado recibirán la totalidad de ese monto. Por otro lado, los beneficiarios cuyos ingresos superen ese piso obtendrán un importe proporcional, que se ajustará hasta alcanzar el límite resultante de sumar el haber mínimo más los setenta mil pesos fijados como máximo.
La normativa especifica además que, en situaciones donde existan pensiones con copartícipes, el bono se atribuirá a un solo titular, sin que se multiplique por la cantidad de personas que compartan el beneficio.
En sus considerandos, el decreto repasa la trayectoria del sistema previsional y señala que la fórmula de movilidad utilizada desde marzo de 2021 generó una brecha frente a la evolución de los precios. En este contexto, recuerda que desde enero de 2024 se implementaron diversos bonos y refuerzos extraordinarios para apoyar los ingresos de los jubilados de menores recursos, en un escenario de recuperación paulatina de los haberes.
