Este domingo 13 de agosto se llevaron a cabo las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) 2023 en Argentina. Estas elecciones a menudo generan preguntas sobre su obligatoriedad y las consecuencias de no cumplir con el deber cívico. A continuación, aclaramos algunos puntos importantes.
Obligación de votar y consecuencias de la ausencia
En Argentina, las elecciones PASO son de carácter obligatorio. Los votantes entre 18 y 70 años deben dirigirse a los centros de votación, mientras que para quienes tienen 16 y 17 años o son mayores de 70, el voto es opcional. Aquellos que están obligados a votar pero no lo hacen sin justificación enfrentan multas económicas y son registrados como infractores al deber de votar. Adicionalmente, quedan excluidos de funciones o empleos públicos durante tres años y, si no pagan la multa, no pueden realizar trámites en organismos estatales durante un año.
Excepciones a la obligación de votar
Según el artículo 12 del Código Electoral Nacional, algunas personas están exentas de la obligación de votar:
- Jueces y sus auxiliares que deben mantener sus oficinas abiertas durante el proceso electoral.
- Aquellos a más de 500 kilómetros del lugar de votación por razones razonables.
- Personas enfermas o con impedimentos demostrables.
- Personal de servicios públicos que deben trabajar durante el proceso electoral.
Ausencia justificada en las Elecciones
Si no puedes votar y tienes una justificación válida, debes dirigirte a la comisaría cercana y obtener un certificado que explique la razón de tu ausencia. Este certificado debe presentarse dentro de los 60 días después de la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral correspondiente.
Multas por no votar
No asistir a votar sin justificación puede resultar en la prohibición de empleos públicos por tres años y una multa según el artículo 125 del Código Electoral, que oscila entre $50 y $500. Si no se paga la multa, no se pueden hacer trámites en organismos estatales durante un año.
¿Puedo votar en las Generales si no voté en las PASO?
Si no votaste en las PASO pero estás en el padrón electoral, puedes votar en las elecciones generales del 22 de octubre. Sin embargo, debes justificar tu ausencia ante la Secretaría Electoral correspondiente dentro de los 60 días posteriores a la elección para evitar quedar registrado como infractor al deber de votar.