Maltrato animal: desgarradora imágen de caballos abandonados en Yerba Buena

La Periodista y comunicadora Florencia Caram replicó en su cuenta de Twitter una denuncia hecha por una persona que divisó caballos en muy mal estado de salud en la zona cercana a la Escuela de Agricultura y Sacarotécnia de la UNT en Horco Molle.

La imágen de los animales es penosa, con claros signos de desnutrición, dejan en evidencia el maltrato y el abandono por parte de sus propietarios.

Qué dice la Ley 14346 establecida contra malos tratos y actos de crueldad a los animales:

LEY 14.346

Se Establecen Penas para las Personas que Maltraten o Hagan Víctimas de Actos de Crueldad a los Animales.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:

Sancionada: Setiembre 27-1954

Promulgada: Octubre 27-1954

ARTICULO 1º – Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

ARTICULO 2º – Serán considerados actos de maltrato:

1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

2° Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

3° Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

4° Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

5° Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

6° Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTICULO 3º – Serán considerados actos de crueldad:

1° Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.

2° Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

3° Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.

4° Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.

5° Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.

6° Causar la muerte de animales grávidos cuando tal estado es patente en el animal y salvo el caso de las industrias legalmente establecidas que se fundan sobre la explotación del nonato.

7° Lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad.

8° Realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias, en que se mate, hiera u hostilice a los animales.

ARTICULO 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 27 de setiembre de 1954.

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A través de la Secretaría de Política Social, invitamos a los vecinos de todas las edades a participar de las propuestas del Centro Municipal para la Familia, ubicado en Av. Solano Vera 418. Se trata de un espacio pensado para el encuentro, el aprendizaje y el bienestar, con actividades gratuitas que se dictan de lunes a viernes.

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A continuación, te dejamos el cronograma completo para que puedas chequear días, horarios y sumarte a disfrutar de la amplia oferta que tenemos para vos.

Lunes

  • 8:30 a 9:30: Entrenamiento para adultos mayores
  • 9:00 a 10:30: Capacitación de empleo
  • 9:30 a 11:00: Tango para adultos mayores
  • 16:30 a 18:00: Aprender Jugando (6 a 12 años)
  • 17:15: Clases de funcional (mayores de 18 años)
  • 18 a 20 Gimnasia artística (5 a 12 años)
  • 20 a 21 Salsa y bachata (mayores de 18 años)

Martes

  • 9 a 11 Gimnasia para adultos mayores
  • 8 a 12 Programa “La Casa” (acompañamiento en problemáticas de adicciones)
  • 14:30 a 16:00: Aprender Jugando (6 a 12 años)
  • 16 a 17 Arte textil para adultos mayores
  • 18 a 19 Entrenamiento para adultos mayores
  • 19:30 a 22:00: Folclore (desde los 5 años, sin límite de edad)

Miércoles

  • 9:00 a 10:30: Capacitaciones de empleo
  • 8:30 a 9:30: Entrenamiento para adultos mayores
  • 9:30 a 10:30: Psicomotricidad para adultos mayores
  • 9:30 a 11:30: Artesanías para adultos mayores
  • 14:00 a 17:30: Programa “La Casa”
  • 17:15: Clases de funcional (mayores de 18 años)
  • 18 a 20 Gimnasia artística (5 a 12 años)
  • 20:00 a 21:00: Salsa y bachata (mayores de 18 años)

Jueves

  • 9 a 11 Gimnasia para adultos mayores
  • 8 a 12 Programa “La Casa”
  • 16:00 a 17:30: Pintura para adultos mayores
  • 18:00 a 19:30: Danzas tradicionales para adultos mayores
  • 19:30 a 22:00: Folclore (desde los 5 años, sin límite de edad)

Viernes

  • 8 a 10 Taichí para adultos mayores
  • 9:30 a 10:30: Psicomotricidad para adultos mayores
  • 16:30 a 18:00: Aprender Jugando (6 a 12 años)
  • 18:00 a 19:30: Gimnasia artística (5 a 12 años)
  • 19:30 a 22:00: Folclore (desde los 5 años, sin límite de edad)

Estas propuestas buscan fortalecer los vínculos, promover hábitos saludables y brindar herramientas para el desarrollo personal.

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