Yerba Buena no implementará las nuevas restricciones anunciadas por la Nación

Mientras se espera por las nuevas disposiciones del Comité Operativo de Emergencia (COE) de la Provincia y por la publicación del DNU con las restricciones anunciadas hoy por el presidente hasta el 21 de Mayo por parte de Alberto Fernández, el intendente de Yerba Buena, Mariano Campero, anticipó que en la «Ciudad Jardín» se mantendrán las medidas vigentes hasta el momento, por lo que no están previstas más suspensiones de actividades ni prohibiciones en esa jurisdicción.
En ese sentido, anticipó que las distintas reparticiones municipales van a «profundizar los controles» para velar por el cumplimiento de los protocolos establecidos por el COE. «Pedimos que quienes salgan en Yerba Buena vayan a comer temprano, para así también terminar temprano, y a las 23 tener poca circulación en la ciudad», añadió.
Por último, Campero se refirió al anuncio del presidente de la Nación sobre la nueva etapa de restricciones dispuesta por la segunda ola de coronavirus en el país. «Vamos a seguir con las normas que tenemos hace unas semanas«, aseguró el intendente.
A la vez, deslizó una crítica a Fernández , al señalar que «el anuncio nacional no modifica en nada» la normativa actual, «pero genera algún tipo de temor» en la comunidad. «Le damos tranquilidad a la ciudadanía de que estamos haciendo le esfuerzo para sobrellevar este momento”, finalizó.
Más temprano, el presidente Alberto Fernández había anunciado la prórroga del DNU publicado dos semanas atrás; con nuevas restricciones para zonas de alarma epidemiológica y sanitaria. Pidió extremar controles y cuidados para contener la segunda ola de coronavirus hasta el próximo 21 de mayo. Mientras tanto, el gobernador Juan Manzur, había anticipado días atrás que Tucumán iba a acompañar las medidas nacionales.
Las restricciones vigentes actualmente en la provincia son:
  • Todos los departamentos de la provincia están incluidos en la categoría de «riesgo epidemiológico alto» por la pandemia de covid-19
  • Están suspendidas las actividades y reuniones sociales en casas particulares. Esta prohibición alcanza «todos aquellos encuentros que se lleven a cabo entre personas no convivientes en domicilios particulares»
  • Está vigente la suspensión de actividades y de reuniones sociales en espacios públicos al aire libre para más de 20 personas. Esta medida refiere a parques, plazas y predios, pero también a «todos aquellos espacios de libre acceso a personas»
  • Fue suspendida la práctica recreativa de cualquier deporte. Estas actividades, según la normativa del COE, «sólo podrán llevarse a cabo en establecimientos destinados a tal fin; a saber: clubes y complejos deportivos». Además, cada disciplina «debe ceñirse al estricto cumplimiento de los protocolos aprobados». No pueden utilizarse vestuarios, bares, cantinas ni espacios de reunión, tanto antes como después de la práctica deportiva
  • Tienen prohibida la apertura de sus puertas los casinos, los bingos, las discotecas y los salones de fiestas
  • Los locales gastronómicos (restaurantes, bares y casas de comida) deben permanecer cerrados entre las 23 y las 6. Pueden trabajar bajo la modalidad de delivery (envío a domicilio) o take-awey (para llevar) hasta las 0
  • Se estableció un límite de ocupación de hasta el 30% de la capacidad en ambientes cerrados para establecimientos destinados a eventos culturales, religiosos y recreativos. La medida rige también para cines, teatros, clubes sociales y deportivos, centros culturales y afines, locales gastronómicos y gimnasios
  • Cuando las actividades consignadas en el punto anterior tengan lugar en espacios abiertos, los propietarios y/o encargados deberán garantizar el distanciamiento mínimo de dos metros entre las ubicaciones, puestos o mesas (salvo grupo conviviente) con hasta cuatro personas por mesa en el caso de los locales gastronómicos
  • La circulación nocturna está vedada entre las 0 y las 6 en Tucumán. Las personas que deban retornar a su domicilio desde su lugar de trabajo -y a la inversa- tienen que contar con el certificado único habilitante para la circulación por la emergencia sanitaria
  • El comercio debe funcionario en horario corrido los días de semana (de 10 a 19), y en turno matutino-vespertino los sábados (de 9 a 15). Esta medida no se encuentra operativa en la totalidad de los municipios (por ejemplo, Yerba Buena y Concepción no adhirieron a esta disposición del COE) Esta semana, luego de varios días de tensión, el gremio de SEOC comunicó que la Justicia les dio la razón en su disputa con la Cámara de Comerciantes, quienes impulsan la continuidad del régimen de atención en dos turnos

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En busca de bajar los volúmenes de contaminación visual, mejorar la imagen de la ciudad y colaborar con el cuidado del ambiente, el municipio continúa con su plan en marcha de retirado de cables de fibra óptica, de teléfono y video cable que llevan décadas colgados sin uso.

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El compromiso público – privado se enmarcó por medio de un convenio que fue el punta pie inicial para dar luz verde a la mejora visual, que lleva varios meses activo y ya busca nuevas zonas donde intervenir las cuadrillas a cargo.

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Convocatoria de inscripción conforme al artículo 9, inciso D), de la Ordenanza 2068, dirigida a otros docentes.

NIVEL SECUNDARIO

 ESCUELA PETRONA JIMENEZ CAMPERO DE ADAMI

ESPACIO CURRICULAR:

  • CIENCIAS POLÍTICAS (1°cuatrimestre) SOCIOLOGÍA (2°cuatrimestre): 04 hs cát. 6°”B” Turno Tarde -Miércoles 16:30  a 17:50 hs, Jueves 15:00  a 16:20 hs- Carácter Reemplazante.

PERFIL: Profesor/a en Filosofía, Licenciado/a en Filosofía, Profesor/a en Historia, Licenciado/a en Historia, Profesor/a en Ciencias Sociales, Licenciado/a en Ciencias Sociales, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Profesor/a de Ciencias Jurídicas y Contables, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Políticas Y Sociales, Profesor/a de Ciencias Políticas, Profesor/a en Sociologías, Profesor/a en Ciencias Humanas, Profesor/a en Ciencias Sagradas y Filosofía, Licenciado/a en Sociología, Abogado, Escribano, Procurador, Técnico Superior en Ciencias Jurídicas, Técnico Superior en Gestión Jurídica.

La inscripción del LLAMADO ABIERTO se realizará el día Jueves 23/10/2025 de 9:30 hs a 10:00 hs en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29 B Planta Baja, Yerba buena .

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

Sr. Docente:  

 Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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El pago de cargos se realizará según el listado definitivo actual, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza 2068.

ESCUELA PETRONA JIMÉNEZ CAMPERO DE ADAMI

NIVEL PRIMARIO

CARGO:

  • MAESTRO/A DE NIVEL PRIMARIO: 20 HS RELOJ –  1° GRADO “B”- TURNO MAÑANA – HORARIO: LUNES A VIERNES 08.00 HS A 12.00 HS– CARÁCTER REEMPLAZANTE.

PERFIL: Profesorados de Enseñanza Primaria.

La designación se realizará el día Jueves 23/10/2025 a 9:30 hs. en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29B, Yerba Buena.

En caso de no cubrirse la vacante con PADRON DEFINITIVO VIGENTE se procederá inmediatamente a INSCRIPCION DE LLAMADO ABIERTO PARA DOCENTES Art. 9° inc d) Ordenanza 2068 ( demás docentes).

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

 Sr. Docente:  

Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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