Concejales rechazan analizar la suspensión de una obra de León Alperovich Group

La polémica por las torres de León Alperovich Group en avenida Presidente Perón y calle Fanzolato continúa. Esta mañana, durante la sesión del Concejo Deliberante, fue rechazada la propuesta analizar la suspensión de la obra por las denuncias de irregularidades, basadas en normas violadas del actual código de planeamiento urbano.
Pedro Albornoz Piossek, concejal del PRO, pidió tratar sobre tablas el proyecto de resolución para discutir la suspensión. Sin embargo, fue rechazado por amplia mayoría por sus pares.
La intención de la propuesta era detener el avance de la edificación por 180 días, hasta tanto se hiciera un análisis serio sobre las irregularidades denunciadas por la actual gestión, incluso antes de asumir.
Tanto el intendente, Mariano Campero, como su jefe de Gabinete, Manuel Courel, admitieron que el mencionado edificio y alrededor de un 90 % de obras aprobadas por la saliente intendencia ─de Daniel Toledo─, se encuentran en falta. Sin embargo, siguen su curso.

La polémica por las torres de León Alperovich Group en avenida Presidente Perón y calle Fanzolato continúa. Esta mañana, durante la sesión del Concejo Deliberante, fue rechazada la propuesta analizar la suspensión de la obra por las denuncias de irregularidades, basadas en normas violadas del actual código de planeamiento urbano.

Pedro Albornoz Piossek, concejal del PRO, pidió tratar sobre tablas un proyecto de resolución para discutir la suspensión. Sin embargo, fue rechazado por amplia mayoría por sus pares. Lucas Cerúsico fue el único que acompañó con su voto al macrista.

La intención de la propuesta era detener el avance de la edificación por 180 días, hasta tanto se hiciera un análisis serio sobre las irregularidades denunciadas por la actual gestión, incluso antes de asumir.

Tanto el intendente, Mariano Campero, como su jefe de Gabinete, Manuel Courel, admitieron que el mencionado edificio y alrededor de un 90 % de obras aprobadas por la saliente intendencia ─de Daniel Toledo─, se encuentran en falta. Sin embargo, siguen su curso.

Facultades del Poder Ejecutivo ante una obra en falta

La Ley Orgánica de Municipalidades 5529 es clara sobre las acciones que debe tomar la máxima autoridad municipal ante una obra que viole las normas. En el capítulo II, sobre atribuciones y deberes del intendente, el artículo 47 posee dos incisos que podrían aplicarse al caso:

Inciso 1: Promulgar, publicar y hacer cumplir las ordenanzas, reglamentándolas en los casos que corresponda.

Inciso 5: Expedir órdenes y adoptar medidas preventivas para evitar el incumplimiento de las ordenanzas de orden público, estando facultado para clausurar establecimientos, decomisar, destruir productos, demoler y trasladar instalaciones.

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