Ferias: Por un período de 5 años prohíben la importación de ropa usada

Ferias: Prohíben  la importación de ropa  usada por un período de  5 años
Así lo dispuso un decreto del Gobierno Nacional publicado en el Boletín Oficial.
Las ferias americanas se han transformado con el paso de los años en una elección recurrente entre los yerbabuenenses al ofrecer prendas usadas a precios económicos.  Sin embargo, en el boletín oficial informaron que prohibirán la importación de ropa usada por un período de 5 años ya que “su uso supone un riesgo para la salud y la seguridad pública y el medio ambiente en general,  imposibilitan llevar adelante un efectivo control sobre la importación y comercialización de dichos productos usados”. De esta manera, se basan  en que una de las finalidades esenciales del Estado  Nacional es velar por el resguardo de la salud y seguridad pública y del medio ambiente en general.
Sin embargo, no desconoce la existencia de diversas entidades tanto públicas como privadas sin fines de lucro que, en el marco de desarrollo de actividades de solidaridad humana propias de los fines con los que fueron creadas, reciben con frecuencia donaciones de este tipo de mercaderías, desde el exterior del país.
En este sentido, se informó que se exceptuarán las prendas que tienen como fin las donaciones mediante un «adecuado control sanitario, de la higiene y seguridad de los diversos productos que ingresan al país». 
 

Las ferias americanas se han transformado con el paso de los años en una elección recurrente entre los yerbabuenenses al ofrecer prendas usadas a precios económicos. Sin embargo, las mismas se verán afectadas por un decreto que se dio a conocer a través del Boletín Oficial.

En el mismo se especifica que se prohibirá la importación de ropa usada por un período de 5 años ya que “su uso supone un riesgo para la salud y la seguridad pública y el medio ambiente en general, imposibilitan llevar adelante un efectivo control sobre la importación y comercialización de dichos productos usados”.

De esta manera, se basa en que una de las finalidades esenciales del Estado Nacional es velar por el resguardo de la salud y seguridad pública y del medio ambiente en general.

Sin embargo, no desconoce la existencia de diversas entidades tanto públicas como privadas sin fines de lucro que, en el marco de desarrollo de actividades de solidaridad humana propias de los fines con los que fueron creadas, reciben con frecuencia donaciones de este tipo de mercaderías, desde el exterior del país. En este sentido, se informó que se exceptuarán las prendas que tienen como fin las donaciones mediante un «adecuado control sanitario, de la higiene y seguridad de los diversos productos que ingresan al país». 
 

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Convocatoria de inscripción conforme al artículo 9, inciso D), de la Ordenanza 2068, dirigida a otros docentes.

NIVEL SECUNDARIO

 ESCUELA PETRONA JIMENEZ CAMPERO DE ADAMI

ESPACIO CURRICULAR:

  • CIENCIAS POLÍTICAS (1°cuatrimestre) SOCIOLOGÍA (2°cuatrimestre): 04 hs cát. 6°”B” Turno Tarde -Miércoles 16:30  a 17:50 hs, Jueves 15:00  a 16:20 hs- Carácter Reemplazante.

PERFIL: Profesor/a en Filosofía, Licenciado/a en Filosofía, Profesor/a en Historia, Licenciado/a en Historia, Profesor/a en Ciencias Sociales, Licenciado/a en Ciencias Sociales, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Profesor/a de Ciencias Jurídicas y Contables, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Políticas Y Sociales, Profesor/a de Ciencias Políticas, Profesor/a en Sociologías, Profesor/a en Ciencias Humanas, Profesor/a en Ciencias Sagradas y Filosofía, Licenciado/a en Sociología, Abogado, Escribano, Procurador, Técnico Superior en Ciencias Jurídicas, Técnico Superior en Gestión Jurídica.

La inscripción del LLAMADO ABIERTO se realizará el día Jueves 23/10/2025 de 9:30 hs a 10:00 hs en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29 B Planta Baja, Yerba buena .

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

Sr. Docente:  

 Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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El pago de cargos se realizará según el listado definitivo actual, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza 2068.

ESCUELA PETRONA JIMÉNEZ CAMPERO DE ADAMI

NIVEL PRIMARIO

CARGO:

  • MAESTRO/A DE NIVEL PRIMARIO: 20 HS RELOJ –  1° GRADO “B”- TURNO MAÑANA – HORARIO: LUNES A VIERNES 08.00 HS A 12.00 HS– CARÁCTER REEMPLAZANTE.

PERFIL: Profesorados de Enseñanza Primaria.

La designación se realizará el día Jueves 23/10/2025 a 9:30 hs. en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29B, Yerba Buena.

En caso de no cubrirse la vacante con PADRON DEFINITIVO VIGENTE se procederá inmediatamente a INSCRIPCION DE LLAMADO ABIERTO PARA DOCENTES Art. 9° inc d) Ordenanza 2068 ( demás docentes).

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

 Sr. Docente:  

Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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