TN da marcha atrás con su informe sobre la empresa fantasma en el Municipio de Yerba Buena

El jueves por la noche el noticiero TN Central rectifico la información brindada el día anterior sobre la Municipalidad de Yerba Buena. Nicolás Wiñasky y Luciana Geuna debieron aclarar que RDT no es una empresa fantasma y que la consultoría pagada se realizó. Los periodistas justificaron su error en la dirección errónea que figura en el contrato entre la consultora y el municipio.
Tanto la empresa Realle Dalla Torre como la Intendencia de Yerba Buena se comunicaron con la producción del noticiero una vez emitido el programa. La empresa explico que el problema con la dirección se debió a un error por parte del municipio a la hora de armar el contrato. Por su parte el gobierno municipal dio a conocer los resultados de la auditoría realizada. 
 “Campero mandó a hacer una encuesta misteriosa, con una empresa misteriosa y en el medio hay plata que nadie sabe adónde fue, una consultora que nadie sabe dónde queda, ni que es lo que hace” denunciaba el periodista Nacho Otero el miércoles por la noche. Al día siguiente sus compañeros debieron aclarar cuáles fueron los trabajos que había realizado la sospechada empresa.
Después de un informe que duro un bloque completo, poco más de 10 minutos, los periodistas destinaron un tímido minuto para enmendar su error. Wiñasky hablo del Intendente “Montero”, por lo que también habría faltado chequear el apellido.

El jueves por la noche el noticiero TN Central rectificó el informe emitido en la noche del miércoles sobre la Municipalidad de Yerba Buena. Los periodistas Nicolás Wiñazky y Luciana Geuna aclararon que Reale Dalla Torres (RDT) no es una empresa fantasma y que los resultados de la consultoría pagada están en poder del municipio. Explicaron que existió un error en la dirección que figura en el contrato entre el municipio y la consultora, con oficinas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tanto la empresa Realle Dalla Torre como la Intendencia de Yerba Buena se comunicaron con la producción del programa televisivo una vez emitido el informe presentado por el periodista Ignacio Otero. La empresa explicó que el problema con la dirección se debió a un error por parte del municipio a la hora de confeccionar el contrato. Por su parte, funcionarios del municipio pedemontano dieron a conocer los resultados de la auditoría realizada, que en principio eran reservados.  

“Campero mandó a hacer una encuesta misteriosa, con una empresa misteriosa y en el medio hay plata que nadie sabe adónde fue, una consultora que nadie sabe dónde queda, ni que es lo que hace” denunció el periodista «Nacho» Otero el miércoles por la noche. Al día siguiente, sus compañeros hicieron lugar a las explicaciones de la Municipalidad.

Después de un informe que se extendió por un bloque completo de poco más de 10 minutos, los periodistas destinaron apenas un minuto para enmendar los vacíos que presentaba la investigación periodística. Wiñazky habló del intendente “Montero”, por lo que también habría faltado chequear el apellido.

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Convocatoria de inscripción conforme al artículo 9, inciso D), de la Ordenanza 2068, dirigida a otros docentes.

NIVEL SECUNDARIO

 ESCUELA PETRONA JIMENEZ CAMPERO DE ADAMI

ESPACIO CURRICULAR:

  • CIENCIAS POLÍTICAS (1°cuatrimestre) SOCIOLOGÍA (2°cuatrimestre): 04 hs cát. 6°”B” Turno Tarde -Miércoles 16:30  a 17:50 hs, Jueves 15:00  a 16:20 hs- Carácter Reemplazante.

PERFIL: Profesor/a en Filosofía, Licenciado/a en Filosofía, Profesor/a en Historia, Licenciado/a en Historia, Profesor/a en Ciencias Sociales, Licenciado/a en Ciencias Sociales, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Profesor/a de Ciencias Jurídicas y Contables, Profesor/a de Ciencias Jurídicas, Políticas Y Sociales, Profesor/a de Ciencias Políticas, Profesor/a en Sociologías, Profesor/a en Ciencias Humanas, Profesor/a en Ciencias Sagradas y Filosofía, Licenciado/a en Sociología, Abogado, Escribano, Procurador, Técnico Superior en Ciencias Jurídicas, Técnico Superior en Gestión Jurídica.

La inscripción del LLAMADO ABIERTO se realizará el día Jueves 23/10/2025 de 9:30 hs a 10:00 hs en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29 B Planta Baja, Yerba buena .

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

Sr. Docente:  

 Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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El pago de cargos se realizará según el listado definitivo actual, de acuerdo a lo establecido en la ordenanza 2068.

ESCUELA PETRONA JIMÉNEZ CAMPERO DE ADAMI

NIVEL PRIMARIO

CARGO:

  • MAESTRO/A DE NIVEL PRIMARIO: 20 HS RELOJ –  1° GRADO “B”- TURNO MAÑANA – HORARIO: LUNES A VIERNES 08.00 HS A 12.00 HS– CARÁCTER REEMPLAZANTE.

PERFIL: Profesorados de Enseñanza Primaria.

La designación se realizará el día Jueves 23/10/2025 a 9:30 hs. en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29B, Yerba Buena.

En caso de no cubrirse la vacante con PADRON DEFINITIVO VIGENTE se procederá inmediatamente a INSCRIPCION DE LLAMADO ABIERTO PARA DOCENTES Art. 9° inc d) Ordenanza 2068 ( demás docentes).

La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN

Al momento de la inscripción:

Art 9° inc d):  Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068

  • Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
  • Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.

 Sr. Docente:  

Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:

  • No debe encontrarse en uso de licencia médica.
  • Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.

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